Miles de trabajadores descubren cada año que, además de tener la cuenta bancaria bloqueada, también les han embargado parte de su nómina. La duda es inmediata: ¿es legal que embarguen ambas cosas a la vez? La respuesta es sí, pero con importantes límites que muchas veces no se respetan.
En Legalhabitat recibimos cada semana consultas de personas que, tras sufrir un embargo de su cuenta bancaria, comprueban que su empresa también ha recibido una orden para retener parte de su salario. En muchos casos creen que se trata de un doble embargo ilegal, cuando la realidad es algo más compleja.
¿Pueden embargarte la cuenta bancaria y la nómina al mismo tiempo?
Sí. La legislación española permite que un acreedor embargue distintos bienes del deudor hasta cubrir la deuda pendiente.
Esto significa que pueden coexistir:
- El embargo de la cuenta bancaria.
- El embargo de la nómina.
- El embargo de una devolución de Hacienda.
- El embargo de un vehículo.
- El embargo de otros bienes o derechos.
Sin embargo, el acreedor no puede cobrar dos veces la misma cantidad ni vulnerar los límites legales de embargo establecidos para los salarios.
La nómina tiene una protección especial
A diferencia del dinero que ya se encuentra ingresado en una cuenta corriente, la nómina goza de una protección específica regulada en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
La norma establece que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es inembargable.
Solo puede embargarse la parte del salario que exceda de dicho importe, aplicándose una escala progresiva de porcentajes.
Por ello, si un trabajador cobra únicamente el SMI, con carácter general no pueden embargarle su salario.
Cuando la nómina supera esa cantidad, únicamente podrá embargarse el exceso y respetando siempre los porcentajes fijados por la ley.
Entonces, ¿por qué muchas personas se quedan sin dinero?
Aquí aparece uno de los problemas más habituales.
Imaginemos el siguiente supuesto:
- La empresa ya ha practicado el embargo de la nómina.
- El trabajador recibe el salario reducido en su cuenta bancaria.
- Posteriormente, el banco bloquea nuevamente ese dinero al existir un embargo sobre la cuenta.
En determinados casos esto puede provocar que el afectado se quede sin recursos para afrontar gastos básicos como el alquiler, la alimentación o los suministros.
Aunque cada situación debe analizarse individualmente, no siempre es correcto volver a embargar cantidades que ya proceden de un salario previamente sometido a embargo, especialmente cuando ello supone vulnerar la protección legal del salario inembargable.
¿Qué ocurre si toda la cuenta queda bloqueada?
Es una situación muy frecuente.
Muchas personas descubren el embargo al intentar pagar con tarjeta o retirar efectivo en un cajero automático.
Cuando el banco recibe una diligencia de embargo puede bloquear el saldo existente hasta el importe reclamado.
Sin embargo, si dentro de ese saldo existen cantidades protegidas por la ley, especialmente salarios dentro de los límites legalmente inembargables o determinadas prestaciones, el afectado puede solicitar la revisión del embargo y acreditar el origen de esos ingresos.
¿Qué dinero no puede embargarse?
Dependiendo de cada caso, pueden existir cantidades especialmente protegidas por la legislación.
Entre ellas destacan:
- El salario inembargable conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Determinadas prestaciones sociales.
- Algunas pensiones dentro de los límites legalmente establecidos.
- Cantidades expresamente declaradas inembargables por normas especiales.
Cada supuesto debe estudiarse de forma individual, ya que el tratamiento jurídico puede variar según el origen del ingreso y el tipo de procedimiento de embargo.
¿Cómo saber si el embargo es correcto?
No todos los embargos son legales.
Conviene revisar, entre otros aspectos:
- Quién ha ordenado el embargo.
- El importe exacto de la deuda.
- Si se han respetado los límites legales sobre salarios.
- Si existen cantidades legalmente inembargables.
- Si el procedimiento seguido es correcto.
En numerosas ocasiones detectamos embargos que contienen errores, duplicidades o afectan a cantidades que deberían haber permanecido protegidas.
¿Qué hacer si crees que te han embargado más dinero del permitido?
Lo más importante es actuar cuanto antes.
Dependiendo del organismo que haya acordado el embargo y de las circunstancias concretas del caso, es posible solicitar la revisión de la actuación, acreditar el origen de los ingresos o formular las alegaciones y recursos que procedan.
Esperar demasiado tiempo puede dificultar la recuperación de las cantidades indebidamente retenidas.
La Ley de Segunda Oportunidad también puede detener esta situación
Cuando los embargos se producen como consecuencia de un nivel de endeudamiento que resulta imposible asumir, puede ser el momento de valorar otras soluciones jurídicas.
La Ley de Segunda Oportunidad permite, en determinados supuestos, cancelar gran parte de las deudas y paralizar la presión económica que sufren miles de familias.
Cada caso requiere un estudio individual para determinar si se cumplen los requisitos legales y cuál es la estrategia más adecuada.
En Legalhabitat estudiamos gratuitamente tu situación
Si has recibido un embargo de nómina, de cuenta bancaria o de ambos al mismo tiempo, es recomendable revisar si la actuación se ha realizado respetando los límites establecidos por la ley.
En LEGALHABITAT analizamos tu documentación, comprobamos la legalidad del procedimiento y te indicamos si existe alguna vía para defender tus derechos o reducir el impacto económico del embargo.
No todos los embargos son iguales. En muchos casos, una revisión jurídica a tiempo puede marcar la diferencia.





