La justicia europea declara abusivas las hipotecas multidivisas por falta de transparencia

El TJUE dice que la cláusula que fija la denominación en moneda extranjera del préstamo es nula si esta no es clara o si no informa debidamente al cliente de sus riesgos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea establecía a finales del mes de septiembre cuáles son los criterios fundamentales para considerar abusiva una hipoteca multidivisa. La Corte de Luxemburgo ha dictaminado que cuando un banco conceda un préstamo denominado en monedas extranjeras debe facilitar al prestatario información suficiente para que pueda tomar decisiones fundadas y prudentes.

El tribunal europeo añade que la entidad financiera debe comunicar al consumidor toda la información pertinente que le permita valorar las consecuencias económicas sobre una cláusula que marca sus obligaciones financieras, lo cual incluye “no sólo a la posibilidad de apreciación o de depreciación de la divisa del préstamo, sino también a los efectos en las cuotas de las variaciones del tipo de cambio y de una apreciación del tipo de interés de la divisa del préstamo”.

La sentencia abre una nueva vía para reclamar la abusividad por falta de transparencia en este tipo de préstamos, como ocurrió en las cláusulas suelo.

El pronunciamiento del TJUE responde a la consulta elevada por el Tribunal Superior de Ordea (Rumanía) en relación con la demanda de una consumidora que, cobrando en moneda local, firmó un préstamo denominado en francos suizos.

El Tribunal europeo considera nula, por abusiva, la cláusula que fija la denominación en moneda extranjera del préstamo si esta no es clara o si no se informa debidamente al cliente. A partir de ahí deja en manos del juez nacional analizar el desequilibrio entre las partes que firmaron el contrato y la posible mala fe de la entidad que comercializó el crédito para dilucidar si en este caso concreto la cláusula multidivisa es abusiva.

Asufin estima que hay más de 70.000 familias afectadas por este tipo de hipotecas.

Todo ello abre una nueva vía para reclamar la abusividad por falta de transparencia en este tipo de préstamos, como ocurrió en las cláusulas suelo.

La asociación de usuarios financieros Asufin estima que hay unas 70.000 familias en España que suscribieron hipotecas en divisas diferentes al euro, lo que da la medida de la importancia que tienen estos pronunciamientos judiciales.

Asufin considera “magnífica y providencial noticia para los miles de afectados por hipotecas multidivisa” el pronunciamiento europeo, que “deja claro que este producto es un abuso para los consumidores a los que no se informó de los riesgos que conllevaba su contratación”.

El TJUE deja en manos del juez nacional analizar el desequilibrio entre las partes que firmaron el contrato y la posible mala fe de la entidad que comercializó el crédito.

La presidenta de ASUFIN, Patricia Suárez, ha mostrado su alegría ante esta decisión del TJUE y ha manifestado confiar “plenamente en que el Tribunal Supremo amparará a todos los afectados españoles que llevan años reclamando justicia”.

El Tribunal Supremo tenía previsto pronunciarse el pasado 20 de septiembre sobre las hipotecas multidivisa en un fallo del que están pendientes decenas de miles de familias, y que podría obligar a la banca a recalcular en euros esos créditos desde su origen, pero el Alto Tribunal español ha decido aplazar su decisión hasta este mes de octubre para estudiar la posible incidencia en la causa que aborda. Al cierre de la edición de este suplemento todavía no hay sentencia.


El quid de la cuestión

Las hipotecas multidivisa se popularizaron mucho durante los años del boom inmobiliario: el cliente contrataba en euros pero las cuotas y la cantidad a amortizar se le han venido recalculando de forma periódica en la divisa elegida: en francos, en yenes… Por tanto, si el euro se devalúa frente a esa divisa, sube la cuota para el cliente. Ese es el riesgo sobre el que se entiende que los bancos no advirtieron claramente a sus clientes, lo que ha supuesto terribles consecuencias para muchos de ellos. No en vano, miles de afectados han visto como, después de haber pagado correctamente sus cuotas durante varios años, después debían en euros mucho más del dinero que pidieron al comprar el piso.

El Supremo deberá sentar una jurisprudencia definitiva que permita dirimir cuándo es posible considerar que un banco debe asumir las pérdidas de un consumidor por haberle vendido un producto inadecuado para personas sin conocimientos financieros profesionales. La clave parece ser, una vez más, que supuestamente se vendió un tipo de producto complejo a clientes que carecían de los conocimientos financieros necesarios para entender realmente qué estaban firmando.


Los juzgados ingresan más de 57.000 demandas por cláusulas abusivas desde junio

El pasado 1 de junio se puso en marcha el plan de urgencia aprobado por el Consejo General del Poder Judicial ante el previsible aumento de litigios sobre cláusulas abusivas en escrituras hipotecarias como consecuencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2016 en relación con las cláusulas suelo, que a la práctica consiste en la especialización de los Juzgados de Primera Instancia en litigios relacionados con cláusulas abusivas.

Los asuntos se refieren a cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa.

Estos juzgados estudian las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.  Estos asuntos se refieren, entre otros, a cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa.

El número de demandas presentadas entre los pasados 1 de junio y el 8 de septiembre en los Juzgados de Primera Instancia especializados fue de 57.068.